/photos/049/049960573/9e53f48a9d034a5ab256de4f672ede37.jpg)
Nos dedicamos a la administración de fincas en Ciudad Lineal, Madrid, y a todas las labores de una asesoría, contando con abogados, economistas y administradores de fincas para solucionar cualquier asunto legal que nos plantees.
Desde Lopse Asesores hoy nos adentramos en el mundo de las herencias. Cuando una persona fallece y no hay testamento que muestre cómo se han de repartir los bienes, hay que hacerlo conforme establecen las leyes. Se produce lo que se llama sucesión intestada y es una figura legal contemplada en nuestra legislación. Opera cuando tiene lugar alguno de los siguientes supuestos:
-La persona fallece sin dejar testamento o lo deja pero es nulo, o cuando ha sido válido el principio y ha perdido su validez.
-El testamento no contiene quién es el heredero en todo o parte de los bienes; cuando el testamento no hace referencia a todos los bienes del testador.
-Cuando falta la condición puesta a la institución de heredero o cuando el heredero fallece antes de que el testador o rechaza la herencia.
-El nombrado heredero no puede suceder o heredar por falta de capacidad.
¿En qué orden se hereda? El Código Civil establece lo siguiente:
1. Hijos y descendientes.
2. Si no hay hijos ni otros descendientes, heredan los ascendientes: padre y madre a partes iguales.
3. Si no hay descendientes ni ascendientes, heredará el cónyuge.
4. Hermanos.
5. Parientes. Cuando no hubiera ninguno de los familiares anteriores sucederán en la herencia los demás parientes del mismo en línea colateral hasta el cuarto grado como por ejemplo los tíos del fallecido.
6. El Estado. Si no hay familiares con derecho a heredar, lo hace el Estado.
Para temas de herencias o si necesitas la administración de fincas en Ciudad Lineal en Madrid, llámanos.